Seguridad contra incendios en Garajes Comunitarios
Los garajes en los edificios son una de las zonas riesgo de incendio más vulnerable. Teniendo en cuenta la normativa que afecta a los edificios de viviendas y los garajes en España el Código Técnico de la Edificación muestra el mapa legislativo básico. Ayuntamientos y Comunidades Autónomas en muchos casos completan las medidas de seguridad.
Hay que cumplir unas condiciones de compartimentación, señalización y evacuación para “avalar el confinamiento y control de incendios y hacer más sencilla la evacuación”. Los edificios se encuentran dotados con las instalaciones para detección, alarma y extinción de incendios correspondientes, con la responsabilidad de la comunidad de propietarios. El diseño, la ejecución, la puesta en marcha y mantenimiento de dichas instalaciones, tal como sus materiales, componentes y equipos, deben cumplir lo que se establece en el “Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios”, en sus disposiciones complementarias y en las reglamentaciones específicas que le sean de aplicación.
Equipos obligatorios en los garajes
Extintores: en cantidad necesaria para que el recorrido real en cada planta desde cualquier origen de evacuación hasta el extintor no sea superior los 15 metros. En parkings y zonas de trasteros.
Bocas de Incendio Equipadas: en garajes con más de 500 m2. Y en zonas de trasteros con alto riesgo. La BIE de 25 milímetros es un equipo ensamblado en una caja metálica con puerta colgada en la pared, y está conformado por una manguera enrollada, lanza y devanadera. Sus cualidades la convierten en muy recomendable para la protección anti incendios en viviendas, por ser un equipo manejable, seguro y fácil de usar, eficaz e inagotable en la extinción porque se nutre de agua. La BIE de 25 mm está pensada para instalar en los sitios de más riesgo y/o tránsito en una vivienda en edificio en bloque o unifamiliar: portal, pasillos, sala de máquinas, rellanos, etc.
Detección y alarma: si el edificio tiene una altura superior a los 50 metros, en: escaleras, pasillos y espacios comunes de circulación; zona de trasteros y de servicios como salas de reuniones, deportes, juegos, etc. En garaje y en parkings convencionales con superficie construida superior a los 500 m2.
Alumbrado de Emergencia: Todos los edificios con más de 100 personas. Todas los pasillos y escaleras protegidos, vestíbulos previos y escaleras de incendios. Los aparcamientos, inclusive pasillos y escaleras de acceso al exterior.
Hidrantes, elementos de utilización de los bomberos: Se han de instalar hidrantes en los edificios con superfie construida entre entre 1.000 y 10.000 m2 y 1 más cada 10.000 m2 más o fracción. El hidrante es un equipo que proporciona gran cantidad de agua en poco tiempo. Posibilita conectar mangueras y equipos de lucha contra incendios, así como llenar las cisternas de agua de los camiones de bomberos.
Columna seca: Si nos encontramos con más de 3 plantas bajo rasante o más de 4 sobre rasante, con tomas en todas las plantas. Los municipios pueden cambiar esta condición por la de una instalación de bocas de incendio equipadas cuando, por el emplazamiento del edificio o el nivel de dotación de los servicios públicos de extinción que haya, no esté garantizada la utilidad de la instalación de columna seca.
Cada equipo ha de cumplir de la misma forma las normas de producto e instalación, la certificación pertinente: tanto la empresa como el producto. Hay que hacer las operaciones de mantenimiento y revisión periódica que indica la normativa para asegurarse una protección contra incendios eficaz.